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Artículo UNICO de la Ley 3.157

Ley 3.157

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 138989 / 6177207.

Texto oficial

Artículo único.- Concédese, por gracia, a doña Eduvíjis Mery v. de Mascareño, el derecho de gozar de la pension correspondiente, en conformidad a la lei de 22 de diciembre de 1871, como madre viuda del subteniente del rejimiento movilizado Coquimbo, don Daniel 2.º Mascareño, muerto en la batalla de Miraflores.