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Artículo 1 del Decreto Ley 890

Fija plantas y equivalencias en la escala unica para la comision nacional de investigacion cientifica y tecnologica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 139683 / 6179363.

Texto oficial

Artículo 1°.- Fíjanse, a contar del 1° de Enero de 1974, para la Comisión Nacional de Investigación Científica y Tecnológica, creada por ley N° 16.746; las siguientes plantas y equivalencias con la Escala Unica de Sueldos aprobada por decreto ley N° 249, de 5 de Enero de 1974. PLANTA DIRECTIVA, PROFESIONAL Y TECNICA Escalafón de Directivos Superiores Categ. Cargo N° Grado EE Escala Unica A Director Ejecutivo 1 3° B Sub-Director Ejecutivo, Director de Asistencia Técnica Internacio- nal, Director de Planificación, Director de Información y Documentación 4 4° C Director de Servicios Centrales Fiscal 2 5° Escalafón de Planificación Categ. Cargo N° Grado EE Escala Unica I Jefe del Departamento de Estudios Jefe del Departamento de Operación de Programas 2 5° II Profesionales 2 6° III Profesional 1 8° IV Profesional 1 9° V Profesional 1 10° Profesional, Psicólogo 2 12° Profesional 1 14° El cargo de Profesional Vª categoría grado 14°, cuando vaque en el futuro, pasará a tener grado 16° de la Escala Unica. Suprímese, el cargo de Psicólogo Vª categoría grado 12°, a contar del 1° de Abril de 1974. Los cargos de Profesionales de este Escalafón requerirán para su desempeño un título universitario que exija 5 ó más años de estudios, y experiencia en política científica calificada por el Jefe Superior del Servicio. Escalafón de Profesionales en Asistencia Técnica Internacional Categ. Cargo N° Grado EE Escala Unica I Jefe del Departamento de Operaciones, Jefe del De- partamento de Programación 2 5° II Profesionales 3 6° Escalafón de Profesionales en Asistencia Técnica Internacional Categ. Cargo N° Grado EE Escala Unica III Profesional 1 8° IV Profesional Jefe Sección Becas 2 9° V Profesionales 2 10° VI Profesional 1 14° El cargo de profesional VIa. Categoría, grado 14°, cuando vaque en el futuro, pasará a tener grado 17° de la Escala Unica. Escalafón de Cientistas en Información y Documentación Científica y Tecnológica Categ. Cargo N° Grado EE Escala Unica III Jefe del Departamento de Divulgación Jefe del Departamento CENID Jefe del Departamento de Estadística Sistema 3 8° IV Profesionales 2 10° V Profesionales 2 11° VI Profesional 1 13° VII Profesionales 2 15° VIII Profesional 1 16° IX Profesional 1 13° X Profesionales 2 20° Los cargos de Profesionales Xª categoría, grado 20° cuando vaquen en el futuro, pasarán a tener grado 23° de la Escala Unica. Suprímese un cargo de Profesional IVª categoría grado 10°, a contar del 16 de Febrero de 1974. Escalafón de Fomento de la Ciencia y la Tecnología Categ. Cargo N° Grado EE Escala Unica I Jefe Departamento de Fomento 1 5° III Profesional 1 8° IV Profesional 1 9° VII Profesional 1 12° Profesional 1 15° El cargo de Profesional VIIª categoría, grado 15°, cuando vaque en el futuro, pasará a tener grado 17° de la Escala Unica. Escalafón de Fiscalía Categ. Cargo N° Grado EE Escala Unica V Abogado 1 9° VIII Administrador Público, Secretario del Consejo 1 12° El cargo de Administrador Público, Secretario del Consejo VIIIª categoría, grado 12°, cuando vaque en el futuro, pasará a tener grado 17º de la Escala Unica. Escalafón de Servicios Centrales Categ. Cargo N° Grado EE Escala Unica III Auditor o Contador, Jefe de Presupuesto y Finanzas 1 9° Escalafón de Servicios Centrales Categ. Cargo N° Grado EE Escala Unica VI Auditor o Contador Jefe de Sección 1 16° IX Auditor o Contador 1 18° Asistente Social 1 19° X Contador 1 20° El cargo de Contador X categorí