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Artículo 3 del Decreto Ley 890

Fija plantas y equivalencias en la escala unica para la comision nacional de investigacion cientifica y tecnologica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 139683 / 6179365.

Texto oficial

Artículo 3°.- Para ingresar a los escalafones que se indican en el artículo primero, será preciso acreditar el cumplimiento de los siguientes requisitos: a) Escalafón de Profesionales en Asistencia Técnica Internacional: - Poseer el título profesional de Abogado, Arquitec- to, Ingeniero Civil, Ingeniero Comercial, Médico Cirujano, Ingeniero Agrónomo, Médico Veterinario o Administrador Público, o - Poseer otro título profesional universitario y haber cumplido satisfactoriamente cursos de perfec- cionamiento en la especialidad, en el país o en el extranjero, que el Presidente califique como idóneos para el desempeño de la función, debiendo acreditarse además una experiencia mínima de dos años en funciones de la misma especialidad. b) Escalafón de Cientistas en Información y Documentación Científica y Tecnólogica: - Poseer un título profesional universitario, y - Haber cumplido satisfactoriamente cursos de perfec- cionamiento en la especialidad, en el extranjero o en el Centro Nacional de Información y Documenta- ción, que el Presidente califique como idóneos para el desempeño de la función, debiendo acreditarse además una experiencia mínima de dos años en funciones de la misma especialidad, como requisito de ingreso y ascenso respecto de las Categorías III y VII, ambas inclusive. c) Escalafón de Técnicos: - Tener el título de técnico universitario reconocido por el Estado o acreditar estudios universitarios aprobados en una misma carrera o especialidad, por un mínimo de cuatro años tratándose de cargos comprendidos en las categorías Vª, VIª y VIIª, y por un mínimo de tres años tratándose de los cargos contemplados desde la octava hasta la undécima categoría de esta planta, ambas inclusive, y - Contar con una experiencia mínima de dos años en la especialidad que corresponda al cargo.