Texto oficial
Artículo 7°.- Los cargos de Director Ejecutivo, Subdirector Ejecutivo y Fiscal serán de exclusiva confianza del Presidente de la República, y los restantes cargos del Escalafón de Directivos Superiores, de libre designación del Presidente de la República. Los demás cargos de la Planta Directiva, Profesional y Técnica serán de libre designación del Presidente de la Corporación.