Texto oficial
Artículo 36.- Para los efectos de lo dispuesto en los
artículos 26, números 1, 2 y 3, y 27, se remitirá el
expediente a la oficina del Servicio de Registro Civil e
Identificación de la comuna de Santiago.
Dicta normas sobre adopcion de menores
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 140084 / 8572700.