Texto oficial
Artículo 15.o En el caso que una misma sentencia condene a muerte a dos o más reos, y el cúmplase de dicho fallo les sea notificado el mismo día, el fusilamiento de todos ellos será simultáneo. En consecuencia, se formarán tantos pelotones de fusileros como sea el número de condenados, pero las órdenes las dará un solo Oficial. Las descargas deberán ser simultáneas. Deberá haber un médico por cada ejecutado, y cada uno de ellos podrá tener el auxilio espiritual del sacerdote o ministro de culto que hubiere solicitado o aceptado.
En lo demás, se actuará en idéntica forma que lo dispuesto para el fusilamiento de un solo condenado.