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Artículo UNICO del Decreto Con Fuerza de Ley 15

Deroga el impuesto que indica, que grava el desembarque de la gasolina y el kerosene

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 140737 / 6183127.

Texto oficial

Artículo único. Derógase el impuesto de un peso oro por quintal métrico bruto o fracción establecido por el artículo 131 de la ley N.o 13,305, en cuanto grava el desembarque de la gasolina y el kerosene, que se afora por las partidas 1079 y 1095 del Arancel Aduanero, que se efectúe por los puertos marítimos.