Texto oficial
Artículo 24: Una vez emitido el certificado, el establecimiento que lo otorgó deberá remitir copia del mismo al Instituto de Salud Pública para su inclusión en el listado que éste llevará al efecto.
Aprueba reglamento de control de productos y elementos de uso medico
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 141005 / 7252130.