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Artículo 24 del Decreto 825

Aprueba reglamento de control de productos y elementos de uso medico

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 141005 / 7252130.

Texto oficial

Artículo 24: Una vez emitido el certificado, el establecimiento que lo otorgó deberá remitir copia del mismo al Instituto de Salud Pública para su inclusión en el listado que éste llevará al efecto.