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Artículo 32 del Decreto 825

Aprueba reglamento de control de productos y elementos de uso medico

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 141005 / 7252138.

Texto oficial

Artículo 32: El presente reglamento entrará en vigencia a contar del día 1º del mes siguiente a su publicación en el Diario Oficial.