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Artículo UNICO de la Ley 3.378

Ley 3.378

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 141104 / 9050964.

Texto oficial

"Artículo único.- La Empresa de los Ferrocarriles permitirá el arrastre con los trenes de la Empresa, libre de todo pago, del coche-museo destinado por la Direccion Jeneral de los Servicios Agrícolas a las escursiones de estudio y propaganda de los establecimientos de enseñanza y fomento agrícolas."