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Artículo 2 de la Ley 19.625

Autoriza la construccion de un monumento en la comuna de santiago, y otro en la comuna de maria pinto, region metropolitana, en memoria del educador don claudio matte perez

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 141279 / 8348598.

Texto oficial

Artículo 2º.- Las obras se financiarán mediante erogaciones populares, obtenidas a través de colectas públicas, donaciones y otros aportes privados. Las colectas públicas a que alude el inciso anterior se efectuarán en las fechas que determine la comisión especial que establece el artículo 4º, en coordinación con el Ministerio del Interior.