Texto oficial
Artículo 4º.- Créase una comisión especial, integrada por ocho miembros ad honorem, encargada de ejecutar los objetivos de esta ley, la que estará constituida por:
a) Un Senador y un Diputado, designados por sus respectivas
Cámaras;
b) El Intendente de la Región Metropolitana;
c) El Alcalde de la Ilustre Municipalidad de Santiago;
d) Un representante de la Central Unitaria de Trabajadores,
C.U.T.;
e) Un representante de la Agrupación Nacional de Empleados
Fiscales, A.N.E.F.;
f) Un representante del Instituto Nacional de la Juventud, y
g) Un representante del Consejo de Monumentos Nacionales.
La comisión funcionará en la ciudad de Santiago y su quórum para sesionar y adoptar acuerdos será el de la mayoría de sus miembros.