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Artículo UNICO de la Ley 3.443

Ley 3.443

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 141364 / 9050994.

Texto oficial

Núm. 3,443.- Artículo único.- Concédese, por gracia, al teniente coronel graduado de Ejército, don Manuel 2.o Blanco, para los efectos de su retiro, el abono de 14 años, 4 meses y 16 días, tiempo en el cual sirvió los puestos de comandante de Policía de Puerto Montt, de gobernador de Carelmapu, de sub - inspector de las Casas de Préstamos de Valparaiso y de alcaide de la Seccion de Detenidos de Santiago.