Texto oficial
Artículo único.- Elévese a siete mil doscientos pesos ($ 7,200), la pension anual de que disfruta la viuda e hijos del capitan de navío don Manuel Thompson".
Ley 3.347
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 141372 / 9051003.