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Artículo UNICO de la Ley 3.364

Ley 3.364

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 141373 / 9051006.

Texto oficial

Artículo único.- Se autoriza al Presidente de la República para contratar en propuestas públicas y hasta por la suma de un millon trescientos setenta mil pesos ($ 1.370,000), la construccion de un edificio destinado al Instituto Agrícola e industrias de Lechería, y al ensanche de las Escuelas de Veterinaria y Práctica de Agricultura de Santiago. Esta autorizacion durará por el término de tres años.