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Artículo UNICO de la Ley 3.403 · Ley numero 3,403

Ley numero 3,403

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 141391 / 6185198.

Texto oficial

"Artículo único.- Elévase, por gracia, a mil doscientos pesos ($ 1,200) al año la pension de montepío militar de que actualmente disfrutan los menores hijos del teniente-coronel de Ejército, don Rafael de la Rosa."