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Artículo UNICO de la Ley 3.433 · Ley num. 3,433

Ley num. 3,433

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 141397 / 9051034.

Texto oficial

"Artículo único.- Declárase que la pension asignada a don José Miguel Blanco, por la lei número 2,833, debe pagársele, desde la promulgacion de la presente lei, con relacion al sueldo asignado al empleo de sarjento 1.o de Ejército".