Texto oficial
"Artículo único.- En atencion a los importantes servicios prestados a la República por don Joaquin Godoi, fallecido en Rio Janeiro en ejercicio de su cargo diplomático, concédese, por gracia, y por el plazo de diez años, a su hija doña María Godoi v. de Prieto, el goce de una pension anual de tres mil seiscientos pesos, de la que disfrutará con las restricciones establecidas por la lei de montepío militar".