Texto oficial
Artículo único.- Concédese, por gracia, y por el plazo de diez años, a la viuda e hijos menores del ex-rector del Liceo de Lináres, don Rojelio Cuéllar, una pension anual de mil doscientos pesos ($ 1,200) de que disfrutarán con las restricciones establecidas por la Lei de Montepio Militar.