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Artículo UNICO de la Ley 3.785

Ley 3.785

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 142602 / 8349401.

Texto oficial

Artículo único.- Concédese, por gracia, a doña Ana Aldunate, viuda del doctor don Miguel Martínez Cabrera y a sus menores hijos Miguel Antonio, Manuel Alfredo y Concepcion Carolina, una pension de tres mil seiscientos pesos ($ 3,600) anuales, que disfrutarán con arreglo a la lei de montepío militar.