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Artículo UNICO de la Ley 3.801

Ley 3.801

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 142623 / 6188868.

Texto oficial

Artículo único.- Se concede al ex-administrador del ferrocarril de Arica a La Paz, don Guillermo Pérez Valdivieso, el beneficio de la jubilacion con una renta de dieciocho mil pesos ($ 18,000) anuales.