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Artículo UNICO de la Ley 3.696

Ley 3.696

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 142626 / 6188877.

Texto oficial

Artículo único.- Concédese a la Sociedad Agrícola del Sur una subvencion estraordinaria de cincuenta mil pesos ($ 50,000) para los gastos que demande la celebracion de una esposicion agrícola en diciembre próximo. Redúcense en igual suma los fondos consultados en el ítem 819 del presupuesto de Industria y Obras Públicas para el ferrocarril de la Union a Rio Bueno.