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Artículo UNICO de la Ley 3.806

Ley 3.806

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 142630 / 8349436.

Texto oficial

"Artículo único.- Concédese, por gracia y solo para los efectos de su retiro, al doctor don Luis Patiño Luna, un abono de diez años de servicios".