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Artículo UNICO de la Ley 3.639

Ley 3.639

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 142791 / 6189334.

Texto oficial

"Artículo único.- En atencion a los servicios prestados al pais por el arquitecto jefe de la Direccion de Obras Públicas, don Emilio Doyére, concédese; por una sola vez, a su viuda una asignacion de quince mil pesos ($ 15,000), equivalente al sueldo anual que percibia el señor Doyére a la fecha de su fallecimiento.