Texto oficial
Artículo único.- Desde la fecha de la publicacion de esta lei en el Diario Oficial, los sueldos del personal de empleados del ferrocarril de Arica a La Paz se aumentarán en la siguiente proporcion:
Desde $ 1,800 hasta $ 2,400, en 60%.
Desde $ 2,401 hasta $ 3,600, en 55%.
Desde $ 3,601 hasta $ 7,000, en 50%.
Desde $ 7,001 hasta $ 15,000, en 40%.
Desde $ 15,001 hasta $ 20,000, en 30%.
Desde $ 20,001 hasta $ 30,000, en 20%.