Texto oficial
"Artículo único.- Se asigna, por gracia, a doña Elvira Ortúzar Montt, hija del teniente-coronel de la Independencia, don José Anjel Ortúzar, una pension mensual vitalicia de ciento cincuenta pesos ($ 150), sin perjuicio del derecho que le asista para percibir las pensiones de montepío devengadas en conformidad a las leyes de 7 de febrero de 1895 y de 14 de setiembre de 1900."