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Artículo UNICO de la Ley 3.953

Ley 3.953

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 144241 / 6193620.

Texto oficial

"Artículo único.- Concédese, por gracia, y por el plazo de diez años, a la viuda e hijos del mayor de Ejército y ex administrador de la Aduana de Pisagua, don Gustavo Prieto Zenteno, una pension anual de tres mil seiscientos pesos ($ 3,600), de que disfrutarán en conformidad a la lei de montepío militar."