Texto oficial
"Artículo único.- Se concede, por gracia, a doña Gala y a doña Adelaida Castro Zamora, hija del capitan, servidor de la Independencia, don Vicente Castro, el derecho a gozar de la pension que el artículo 11 de la lei del 22 de diciembre de 1881, otorga a la viuda e hijos lejítimos de un oficial de esta clase, muerto en accion de guerra.
Las agraciadas gozarán de esta pension con arreglo a la lei de montepío militar."