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Artículo UNICO de la Ley 3.947

Ley 3.947

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 144251 / 6193650.

Texto oficial

"Artículo único.- En atencion a los servicios prestados durante la guerra contra el Perú y Bolivia por el sarjento mayor de Ejército, don José María Benavides, abónasele, por gracia, el tiempo que sirvió como inspector de puentes de la Direccion de Obras Públicas, mas los dias que le quedaren faltando para completar quince años de servicios; y asimismo, el tiempo que sirvió el cargo de director del Museo Militar, desde el 3 de enero de 1903 hasta el 23 de noviembre de 1908."