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Artículo UNICO de la Ley 3.969

Ley 3.969

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 144253 / 6193656.

Texto oficial

Artículo único.- Concédese, por gracia, a la señora Sara Fernández de Arriagada, una pension anual de seis mil pesos ($ 6,000), la que será pagada con fondos de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado.