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Artículo UNICO de la Ley 3.991

Ley 3.991

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 144259 / 6193672.

Texto oficial

Artículo único.- Concédese, por gracia, a la viuda e hijos menores del ex-inspector jeneral de telégrafos de los Ferrocarriles del Estado, don Benjamin López Vega, una pension de dos mil cuatrocientos pesos ($ 2,400) anuales, que percibirá en conformidad a la lei de montepío militar.