Texto oficial
Artículo 1º. El Estado garantiza la libertad religiosa y de culto en los términos de la Constitución Política de la República.
Establece normas sobre la constitución juridica de las iglesias y organizaciones religiosas
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 145268 / 8351394.