Texto oficial
Artículo 16. Las donaciones que reciban las personas jurídicas a que se refiere esta ley, estarán exentas del trámite de insinuación, cuando su valor no exceda de veinticinco unidades tributarias mensuales.
Establece normas sobre la constitución juridica de las iglesias y organizaciones religiosas
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 145268 / 8351413.