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Artículo 1 transitorio de la Ley Orgánica Constitucional del Ministerio Publico

Establece la ley orgánica constitucional del ministerio publico

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 145437 · idParte: 8642887

Texto oficial

Artículo 1º.- Para el nombramiento del primer Fiscal Nacional, el Presidente de la Corte Suprema, dentro de los cinco días siguientes a la publicación de esta ley en el Diario Oficial, deberá llamar a concurso público para conformar la quina de postulantes al cargo, la que remitirá al Presidente de la República dentro de los treinta siguientes a la fecha de dicha convocatoria. En lo no regulado por esta norma, se observará lo dispuesto en el artículo 15.