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Artículo 29 del Decreto 603

Requisitos y condiciones generales de los procesos de licitacion, de las bases y de los contratos de concesion relativos a la administración y explotacion de los centros de exportacion a que se refiere el parrafo segundo de la ley n° 19.420

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 14565 / 7151269.

Texto oficial

Artículo 29°.- La concesión se suspenderá temporalmente en caso de guerra externa, conmoción interior o fuerza mayor, que impidan la prestación del servicio. Una vez cesada la suspensión el concesionario podrá solicitar un aumento del plazo de la concesión equivalente al período de la suspensión.