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Artículo UNICO de la Ley 3.545

Ley 3.545

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 146406 / 6200875.

Texto oficial

Artículo único.- Modifícase la glosa del ítem 823, partida 20, del Presupuesto del Ministerio de Industria y Obras Públicas del año 1919, en el sentido de que los fondos consultados para la construccion del puente del rio Huasco en Vallenar pueden aplicarse a las obras de defensa proyectadas en dicho rio y de ejecucion en el presente año, debiendo hacerse los trabajos, previos planos y presupuestos aprobados por el Presidente de la República.