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Artículo 1 de la Ley 4.403

Ley 4.403

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 147199 / 6203524.

Texto oficial

Artículo 1.o Autorízase al Presidente de la República para enajenar en pública subasta los terrenos fiscales urbanos y suburbanos del puerto de Chañaral, a excepción de las playas y de los que sean necesarios para los servicios públicos y para la habilitación de calles y plazas. La Oficina de Bienes Nacionales, de acuerdo con las autoridades competentes, procederá a señalar aquellos sitios que deben destinarse a servicios públicos.