Saltar al contenido

Artículo 16 del Decreto Con Fuerza de Ley 235

Establece sistema de incentivos para la recuperacion de suelos degradados

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 147689 / 6205365.

Texto oficial

Artículo 16º. Los gastos que demande la aplicación de los incentivos a que se refiere este decreto con fuerza de ley, se imputarán a los recursos que, para estos efectos, se consignen anualmente en los presupuestos del Instituto de Desarrollo Agropecuario y del Servicio Agrícola y Ganadero, respectivamente.