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Artículo 7 del Decreto Con Fuerza de Ley 12

Refunde impuestos que afectan a los articulos de fantasia

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 148457 / 6208585.

Texto oficial

Artículo 7º.- En lo no previsto por el presente decreto con fuerza de ley, se aplicarán al impuesto único establecido en el artículo 1º las normas generales de la ley Nº 12.120.