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Artículo CUARTO del Decreto Con Fuerza de Ley 4

Modifica planta de servicios menores de la subsecretaria de economia, fomento y reconstruccion

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 148459 / 8353936.

Texto oficial

Artículo cuarto.- La aplicación del presente decreto con fuerza de ley, no podrá significar eliminación del personal en actual servicio, disminución de sus remuneraciones, pérdida del régimen previsional o de los beneficios establecidos en el artículo N.o 132.o, del DFL. 338, de 1960.