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Artículo 4 del Decreto Con Fuerza de Ley 5

Modifica la planta permanente de servicios menores del servicio de gobierno interior

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 148460 / 8353946.

Texto oficial

Artículo 4º.- La aplicación del presente decreto con fuerza del ley no podrá significar eliminación de personal en actual servicio, disminución de sus remuneraciones ni pérdida de su actual régimen previsional o de los beneficios establecidos en el artículo Nº 132 del decreto con fuerza de ley Nº 338, de 1960.