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Artículo 4 del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Modifica planta de servicios de la direccion de fronteras y limites

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 148471 / 6208663.

Texto oficial

Artículo 4º.- La aplicación del presente decreto no podrá significar eliminación de personal en su actual servicio, disminución de sus remuneraciones, pérdidas de su actual régimen previsional o de los beneficios que confiere el Art. 132 del DFL. Nº 338, de 1960.