Saltar al contenido

Artículo UNICO de la Ley 4.446

Ley 4.446

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 149052 / 6210974.

Texto oficial

Artículo único.- Abónase al Ministro de la Corte de Apelaciones de Valdivia, don Marco A. Vallejo Garcés, 8 años, 7 meses y 4 días, durante los cuales sirvió en propiedad los cargos de Secretario Judicial, Notario y Conservador de Bienes Raíces, del departamento de Puchacay, y el de Notario Público y Conservador del departamento de Coelemu.