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Artículo SEXTA transitorio de la Ley sobre Probidad Administrativa

Sobre probidad administrativa aplicable de los organos de la administración del estado

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 149264 / 8642934.

Texto oficial

Sexta. Los miembros del Consejo y el Gerente General del Banco Central de Chile en actual ejercicio de sus cargos, deberán complementar o efectuar sus declaraciones juradas, según corresponda, con una relación de las actividades profesionales y económicas en que tengan interés, dentro del plazo de 90 días contado desde la publicación de esta ley.''.