Texto oficial
Artículo único. Abónase al Juez de Letras de Cañete, don Manuel Alvarez, por gracia, y para los efectos de su jubilación, tres años, siete meses y veinticinco días, durante los cuales sirvió en propiedad el cargo de Secretario del Juzgado de Letras de Maipo, y el de igual categoría, en el Segundo Juzgado de Letras de Caupolicán.