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Artículo 1 de la Ley 4.355

Ley 4.355

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 149311 / 6211866.

Texto oficial

"Artículo 1.o Autorízase al Presidente de la República, por el término de dos años, para que proceda a vender a la Unión de Empleados de Chile, que lo destinará a la construcción de poblaciones para empleados, un terreno situado en Arica, calle Arturo Gallo (antes Hospital), comprendido en el recinto que ocupa el Grupo Arica de Artillería de Costa, que mide 56 metros de frente por 35 de fondo, y cuyos deslindes son: al Norte, terrenos municipales; al Sur, cerros; al Oriente, Cerro de la Cruz; y al Poniente, calle Arturo Gallo. El precio no será inferior a dos pesos el metro cuadrado.