Texto oficial
Artículo único.- Concédese, por gracia, y por el plazo de diez años, a doña Laura Larraín F., hija legítima del ex Taquígrafo 1.o de la Cámara de Senadores, don José Toribio Larraín, una pensión de doscientos cincuenta pesos ($ 250) mensuales, de la que disfrutará desde el 1ºo de Enero de 1929.
El mayor gasto que significa esta ley se imputará al ítem 06/16/01/a del Presupuesto del Ministerio de Hacienda de 1928, y al 06/14/06/a, "Jubilaciones, pensiones y montepíos y otras obligaciones individuales del Estado", del mismo Presupuesto del año 1927."