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Artículo 15 del Decreto 665

Instituye la orden al merito docente y cultural "gabriela mistral"

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 14978 · idParte: 8596368

Texto oficial

Artículo 15°.- La Orden en cualquiera de sus grados, debe otorgarse acompañada de un diploma en que conste la distinción de que ha sido objeto y suscrito por la misma persona que otorga la condecoración.