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Artículo 2 de la Ley 19.661

Modifica el código de procedimiento penal para perfeccionar las normas sobre libertad provisional y proteger a las personas ante la delincuencia

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 155594 / 8183638.

Texto oficial

Artículo 2º.- Intercálase, en el artículo 69 del Código Orgánico de Tribunales, a continuación del inciso cuarto, el siguiente inciso quinto, nuevo, pasando los actuales incisos quinto y sexto a ser sexto y séptimo, respectivamente: "La radicación señalada en el inciso precedente operará incluso si no se procediere a la vista de la causa por desistimiento del recurrente o por cualquier otro motivo.".".