Texto oficial
A contar del 2 de marzo de 1992, todas las demandas de
asuntos no contenciosos y demás materias propias del turno
o no afectas actualmente a distribución de competencia de
los Juzgados de Letras en lo Civil de Santiago, deberán ser
ingresadas por los interesados en la Oficina de
Distribución de causas de la Corte de Apelaciones de esta
ciudad, para su incorporación y registro en los libros
respectivos y para su distribución entre los Juzgados de
turno en la semana de su presentación.
En las solicitudes correspondientes a cuestiones
voluntarias, los señores abogados antepondrán al texto de
la suma los datos que siguen:
1.- Materia o el código asignado a ella;
2.- Nombre completo del peticionario, con su N° de RUT;
3.- Nombre completo del difunto, en caso de actos
relativos a fallecidos, con su N° de RUT; y
4.- Nombre completo del abogado patrocinante con el N°
de RUT.
Para todos los efectos legales la fecha de recepción en
esa oficina será considerada como data de presentación de
la respectiva solicitud ante los Tribunales.
Desde la fecha señalada ningún Juzgado Civil de
Santiago, podrá recibir directamente demandas contenciosas
o voluntarias, sino a través del sistema indicado.
Transcríbase a la Excma. Corte Suprema, al Colegio de
Abogados A.G., al Club de Abogados, a las Escuelas de
Derecho situadas en la capital, a los Tribunales Civiles de
la jurisdicción y a los procuradores del número para su
conocimiento.
Transcríbase a la Corporación Administrativa del Poder
Judicial para su publicación en el Diario Oficial.
Anúnciese al público, mediante avisos en las
Secretarías de la Corte y de los Juzgados Civiles".